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Decreto 858 de 2025 - Cambios en el modelo de salud

15 de Agosto de 2025. Guardado en EPS

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Decreto 0858 de 2025, mediante el cual se adopta el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, con el propósito de consolidar un sistema universal, garantista y centrado en la atención primaria,  planteando un modelo más cercano a las personas, especialmente en zonas rurales y dispersas.   

1. Objetivo 

Dar cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo (Ley 2294 de 2023) y fortalecer la Atención Primaria en Salud en todo el país. 

2. Glosario de términos 

Modelo PSPR ? Política pública basada en prevención, predicción y resolución en salud. 

APS (Atención Primaria en Salud) ? Estrategia central para atención integral y comunitaria. 

RIITS ? Redes que integran EPS, IPS y demás actores para coordinación territorial. 

CAPS ? Centros de Atención Primaria en Salud; organización funcional de IPS públicas, privadas y mixtas de nivel primario (sin alterar su naturaleza jurídica ni autonomía). 

SISPRO / SIS?APS ? Plataformas integradas de información clínica, financiera y demográfica con interoperabilidad. 

3. Pilares del modelo 

Prevención ? Programas de promoción de salud y estilos de vida saludables. 

Predicción ? Uso de datos y tecnología para anticipar riesgos en salud. 

Resolución ? Fortalecer el primer nivel para resolver la mayoría de necesidades sanitarias. 

4. Beneficios esperados 

Acceso equitativo a servicios, priorizando zonas rurales y con baja capacidad resolutiva. 

Atención preventiva que minimiza desplazamientos para atención especializada. 

Coordinación territorial más eficiente en la prestación de servicios. Uso de datos para anticipar y gestionar problemas de salud. 

Participación ciudadana mediante Consejos Territoriales y mecanismos comunitarios. 

5. Rol de los actores 

EPS ? Continúan, pero transforman su rol: 

Funciones de aseguramiento y gestión del riesgo. 

Articulación obligatoria con las RIITS. 

Contratación prioritaria con prestadores del nivel primario. 

Adaptación a nuevas condiciones de habilitación por subregiones. 

ARL ? Ajustan sus funciones en promoción y prevención dentro del modelo PSPR. 

Prestadores públicos, privados y mixtos ? Integración en RIITS para garantizar acceso y continuidad. 

Plazo reglamentario: En máximo 6 meses desde la entrada en vigencia, el Gobierno expedirá decretos reglamentarios para la habilitación de EPS y  para que las ARL, puedan  cumplir los requisitos en materia promoción y prevención de la atención primaria en salud en  el marco del modelo predictivo, preventivo  y resolutivo en salud.   

6. Cambios clave  

Implantación de RIITS para articular y reducir fragmentación. 

Fortalecimiento de APS mediante CAPS como primer punto territorial. 

Creación de Equipos de Salud Territorial para continuidad con planes individuales y familiares. 

7. Cronograma de gradualidad  

30 de julio de 2025 ? Entrada en vigencia. 

3 a 6 meses ? Reglamentación operativa (habilitación, talento humano, infraestructura). 

Hasta 29 de julio de 2026 ? Ajustes completos del sistema.


Fuente: Dpto Juridico Cornabis

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