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Seguridad social en empleadas domésticas

02 de Agosto de 2022. Guardado en Seguridad Social

Seguridad social en empleadas domésticas

Las empleadas domésticas deben estar vinculadas mediante un contrato de trabajo, quedando el empleador obligado a afiliar al sistema de seguridad social a su empleada.   La afiliación es obligatoria, y el hecho de que la empleada esté afiliada al Sisben no libera al empleador de su obligación, y de responder en caso de que la empleada sufra algún accidente o enfermedad estando sin afiliación. 

Pago de las cotizaciones a seguridad social en el servicio doméstico.    

 Los aportes a seguridad social se hacen en conjunto entre el empleador y la empleada del servicio doméstico, según la siguiente tabla:

Para el año 2022 los pagos a seguridad social sobre un salario mínimo, que es lo mínimo que debe devengar una empleada doméstica que trabaja a tiempo completo, serán los siguientes:

El empleador debe descontar del salario de la empleada lo que a esta le corresponda pagar por salud y pensión.

Base de cotización a seguridad social en el servicio doméstico.    

La cotización a seguridad social se debe hacer sobre el total del salario que devengue la empleada, incluyendo el salario en especie si lo hay.   Recordemos que la base mínima para aportar a seguridad social es el salario mínimo, por tanto, si una empleada devenga menos de un salario mínimo, en todo caso se debe cotizar sobre el salario mínimo y cada una de las partes debe completar lo que haga falta guardando las proporciones en los porcentajes de aportes que le corresponden a cada uno.   En los casos en que la empleada labora por días, la seguridad social cambia como a continuación se señala. 

  Seguridad social de empleadas doméstica que trabajan por días.   

 Las empleadas domésticas que trabajan por días y que devengan menos de un salario mínimo, pueden realizar aportes a pensión por semanas, y no hay obligación de afiliarlas a salud, sino que pueden permanecer en el Sisbén.   Para ello deben cumplir los requisitos que se explican en el siguiente artículo:   Los aportes se realizarán como se indica allí, lo que también aplica para los aportes a las cajas de compensación familiar. Al respecto le invitamos a consultar el siguiente artículo que aborda con más detalle ese tema: En cuanto a riesgos laborales, sí se debe cotizar el mes completo incluso si trabaja apenas unos días al mes, y corresponde al empleador pagar las cotizaciones respectivas, que como vimos, apenas son un poco más de $5.000.


Fuente:https://www.gerencie.com/seguridad-social-en-el-servicio-domestico.html#:~:text=Seguridad%20social%20en%20empleadas%20dom%C3%A9sticas.,-Las%20empleadas%20dom%C3%A9sticas&text=La%20afiliaci%C3%B3n%20es%20obligatoria%2C%20y,o%20enfermedad%20estando%20sin%20afiliaci%C3%B3n

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